Oficios Interpretativos

Anexo · Cuerpo de Estatutos del Centro de Alumnos de Ingeniería

Los Oficios Interpretativos son emitidos por el Comité Ejecutivo conforme al Art. 1 del Estatuto, ante vacíos del cuerpo estatutario. Deben ser aprobados en sesión del Consejo Generacional por mayoría absoluta, y su resolución es obligatoria desde el caso particular en adelante.


Oficio Interpretativo 2020 · N.º 1

Emitido por Sigma CAi 2020

Artículos relacionados: Art. 23, incisos 1, 8, 13 y 14.

Vacío identificado: El Cuerpo de Estatutos no contempla qué hacer ante una situación extraordinaria de contingencia nacional que impida llevar a cabo el proceso eleccionario en las fechas establecidas por el Art. 23, inciso 1.

Interpretación: Se postergará el inicio del período de inscripción de postulantes a listas de Centro de Alumnos y Consejerías Académicas de Pre y Postgrado. Los plazos relativos para los hitos posteriores del proceso (Art. 23, incisos 8, 13 y 14) se mantendrán íntegramente.

Puntos adicionales a considerar:

  1. Al no tener conocimiento del proceso de elecciones FEUC, las fechas de elecciones CAi se podrán trasladar con un máximo de una semana con previa aprobación del Consejo Generacional, tal como se estipula en el Art. 23, inciso 1.
  2. En caso de que se estime que no están las condiciones para poder efectuar elecciones en el presente periodo académico, se aplazarán las elecciones hasta marzo del año siguiente con previa aprobación del Consejo Generacional bajo quórum calificado.

Oficio Interpretativo 2020 · N.º 2

Emitido por Sigma CAi 2020

Artículos relacionados: Art. 23, inciso 15.

Vacío identificado: El Art. 23, inciso 15 establece que los estudiantes de College admisibles para votar deben inscribirse con dos o más semanas de anticipación para ejercer su voto en Ingeniería, sin contemplar el caso en que el estudiante nunca haya tenido oportunidad de inscribirse previamente.

Interpretación: Se dará la posibilidad de que los estudiantes de College admisibles puedan inscribirse con miras a las elecciones de Centro de Alumnos y Consejería Académica 2021 hasta la semana antes de la votación, dado que no tuvieron oportunidad de hacerlo previamente.

Puntos adicionales a considerar:

  1. Los estudiantes de College habilitados para votar son aquellos que tengan inscrito algún major de la Escuela de Ingeniería.
  2. Para inscribirse deberán llenar un formulario y enviar documentos que acrediten su admisibilidad.
  3. El formulario estaría habilitado desde el miércoles 18 al domingo 22 de noviembre.

Oficio Interpretativo 2022 · N.º 1

Emitido por Reactiva CAi 2022

Artículos relacionados: Art. 31, Art. 76.

Vacío identificado: El Estatuto no señala qué hacer en caso de que, habiendo una elección en curso, se deba suspender la otra debido a la falta de antecedentes para realizarla.

Interpretación: Ambas votaciones pueden no realizarse simultáneamente, previa aprobación del Consejo Generacional con quórum calificado, siempre y cuando deba suspenderse una de ellas debido a falta de antecedentes para ser realizada.


Oficio Interpretativo 2022 · N.º 3

Emitido por Reactiva CAi 2022

Artículos relacionados: Art. 31, Art. 76.

Vacío identificado: El Estatuto no señala cuándo asumen los nuevos representantes electos en el caso de que se separen las elecciones de Representantes y presupuesto participativo de las IIEE.

Interpretación: En el caso de que se separen las elecciones y se realice primero la votación de Representantes, los nuevos Representantes Generacionales y Académicos asumirán después de ratificarse la votación de presupuesto participativo de las IIEE, previa aprobación del Consejo con quórum calificado.


Oficio Interpretativo 2022 · N.º 5

Emitido por Reactiva CAi 2022

Artículos relacionados: Art. 81.

Vacío identificado: El Art. 81 señala que la inscripción de Capítulos Estudiantiles debe realizarse a más tardar dos semanas después de las elecciones de Representantes, pero no contempla el caso en que se separen las elecciones de Representantes y el presupuesto participativo de las IIEE.

Interpretación: En el caso de que se separen dichas elecciones, las dos semanas para la inscripción de Capítulos Estudiantiles serán contadas a partir del día en que se ratifique la votación de presupuesto participativo de las IIEE.


Oficio Interpretativo 2023

Emitido por Hola! CAi 2023

Artículos relacionados: Art. 2, Art. 32.

Vacío identificado: El Estatuto define como finalidad del CAi representar a todos los alumnos de Pregrado de la Escuela de Ingeniería, sin pronunciarse sobre la situación de la nueva Licenciatura en Ingeniería en Ciencia de la Computación, que pertenece a dicha Escuela.

Interpretación: Para efectos de este estatuto, el estudiantado de pregrado también considerará a estudiantes de la Licenciatura en Ingeniería en Ciencia de la Computación. Esto aplica tanto para la materia descrita en el Art. 32 sobre los requisitos para postularse al cargo de Representante, entendiéndose ser alumno regular de Pregrado como aquel estudiante cursante de las licenciaturas y/o títulos pertenecientes a la Escuela de Ingeniería, como para el resto de los artículos de este estatuto relativos al tema. Asimismo, se entenderá como currículum del alumno cualquier avance académico asociado a las distintas mallas curriculares que existen dentro de la Escuela de Ingeniería.


Oficio Interpretativo 2024

Emitido por Potencia CAi 2024

Artículos relacionados: Art. 34, inciso 9.

Vacío identificado: El Art. 34, inciso 9 establece como causal de cesación del cargo «involucrarse en situaciones de probidad académica reprochables», sin precisar qué se entiende por «reprochable» en dicho contexto.

Interpretación: De acuerdo con los Lineamientos de Gestión de Faltas a la Integridad Académica de Estudiantes de la UC, se entenderá como «reprochable» haber sido sancionado por cometer una falta de integridad académica de nivel:

  • Moderada: determinada porque el estudiante tiene registro anterior de una falta similar calificada como leve.
  • Grave: cuando se evidencia que el estudiante actúa de manera premeditada para llevar a cabo la conducta, con intención de engañar, tomando medidas para ocultar la falta cometida y/o actuando en conspiración o coludido con otros.

Oficio Interpretativo 2026

Emitido por RED CAi 2026

Artículos relacionados: Art. 62.

Vacío identificado: El Art. 62 establece que el Consejo Generacional decide los votos que deben ser llevados a organismos externos, y que dentro de sus facultades puede decidir plebiscitar esta decisión. Sin embargo, no se establece qué ocurre si el TRICEL no valida ni anula el plebiscito, dejando al Consejo sin resultados con los cuales proceder.

Interpretación: En este caso, se debe remitir al TRICEL a que emita una resolución al respecto, conforme a sus facultades del Art. 34 del Reglamento del TRICEL. Sin embargo, en caso de que, debido a los plazos en que los votos deben ser llevados a organismos externos, el TRICEL no alcance a sesionar, el Consejo Generacional puede decidir revocar la decisión de plebiscitar y decidir directamente en Consejo Generacional los votos a ser llevados a organismos externos.